Sobre la revista
Política editorial
La Revista Justicia, Sociedad y Derecho, del programa de Derecho y Ciencias Políticas patrocinada por la Universidad de Boyacá, es una publicación de carácter científico, con periodicidad semestral, dirigida a la comunidad académica, científica y universitaria interesada en áreas del derecho, las ciencias políticas, jurídicas y sociales, en donde investigadores, docentes y estudiantes de los diferentes niveles académicos, expresan su pensamiento a través de su producción intelectual con origen en procesos académicos de investigación socio-jurídica.
Clasificación OCDE:
Gran área: Ciencias Sociales
Área conocimiento: Derecho
Disciplina: Derecho
Público objetivo
La Revista Justicia, Sociedad y Derecho, está dirigida a profesionales, investigadores, docentes y estudiantes de doctorado y maestría de las ciencias jurídicas y sociales.
Propiedad intelectual, derechos de autor y tratamiento de datos personales
La Revista Justicia, Sociedad y Derecho (JS&D) es una publicación que sigue los términos de la licencia Attribution-
Proceso de evaluación por pares
Los artículos remitidos a la Revista Justicia, Sociedad y Derecho, se revisan inicialmente por los miembros del Comité Editorial para verificar el cumplimiento con los elementos formales que se solicitan en las instrucciones a los autores. Si no cumple con los criterios, el documento no continuará el proceso de elección y se envía al autor con las indicaciones necesarias.
Después del cumplimiento de los requisitos formales, el documento es enviado a dos revisores externos expertos en el tema, para su evaluación, quienes tendrán para evaluar entre un mínimo de dos (2) meses y un máximo de tres (3) meses. Este proceso se realiza de forma anónima y confidencial, en el sistema doble ciego, es decir, las partes no conocen las identidades del autor ni del revisor respectivamente y el editor es el encargado de la correspondencia entre ellos.
El revisor emite ___ el siguiente concepto:
a. Publicar sin cambios
b. Publicar cuando se hayan cumplido correcciones menores
c. Reevaluable porque requiere una revisión a fondo (indicar los que considere): a) en la metodología aplicada, b) en el contenido del artículo, c) en el uso de la bibliográfica, d) en las conclusiones
d. Rechazar
Si el revisor emite el concepto en los casos previstos en los literales b y c, el editor remite al autor las observaciones para los ajustes pertinentes, explicando los cambios efectuados producto de las recomendaciones y pasa a nueva revisión por el par. Si el concepto es positivo por parte de un revisor y negativo por otro, se envía a un tercer evaluador, teniendo como base los conceptos de los evaluadores, el Comité Editorial define si se publicará o no. En cualquiera de los casos se envía una carta al autor con los conceptos de los evaluadores.
El proceso editorial tendrá un tiempo estimado entre un mínimo de tres a máximo seis meses.
Frecuencia de la publicación
La Revista Justicia, Sociedad y Derecho circula semestral en enero - junio y julio - diciembre.
Política de acceso abierto y costos de la publicación
La Revista Justicia, Sociedad y Derecho proporciona un acceso abierto inmediato, con el fin de divulgar gratuitamente los resultados de investigación en el marco del conocimiento científico, permitiendo un mayor intercambio de conocimiento a nivel global. Lo anterior, supone que no habrá lugar a cobros a los autores por la gestión editorial, evaluación y publicación de los artículos que se envíen a la Revista.
Licencia creative commons
La Revista Justicia, Sociedad y Derecho de la Universidad de Boyacá está autorizada por una licencia Creative Commons Attribution-NonCommercial 4.0 International (CC BY-NC 4.0)
Archivo
La revista Justicia, Sociedad y Derecho, cuenta con una política sobre el depósito legal de los números a largo plazo utilizando PKP PN. Asimismo, con registro de Keepers (https://keepers.issn.org/), que asocia los elementos que están archivados en la ficha del ISSN de la Revista.
Además, la Biblioteca Nacional y las bibliotecas departamentales son las entidades responsables en Colombia de recibir y preservar a lo largo del tiempo las obras publicadas en el país. Esta disposición está reglamentada por la Ley 44 de 1993, el decreto 460 de 1995, el decreto 358 de 2000 y la ley 1379 de 2010.
http://www.bibliotecanacional.
Declaración de ética y buenas prácticas editoriales
La Revista Justicia, Sociedad y Derecho, fomenta la participación de buenas prácticas éticas, a través de los procesos editoriales, para ello, se acoge a las directrices estipuladas en la Política de Ediciones Universidad de Boyacá; así como también a los estándares internacionales siguientes:
- 2ND WORLD CONFERENCES ON RESEARCH INTEGRITY
Disponible en; https://wcrif.org/wcri2010
- Buenas prácticas editoriales instauradas por el Committe On Publication Ethics – COPE
Disponible en; http://publicationethics.org/files/u2/Best_Practice.pdf
- Ética Editorial para Editores de ELSEVIER
Disponible en; https://www.elsevier.com/about/policies/publishing-ethics.
- Declaración de Singapur sobre Integridad de la Investigación.
- A nivel nacional a lo establecido en la Ley Estatutaria 1266 de
2008, sobre habeas data para manejo de la información personal en bases de datos.
Disponible en; https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=34488
Normas para autores
Todo manuscrito postulado a la Revista Justicia, Sociedad y Derecho, pasará por un riguroso proceso editorial de revisión por parte de árbitros y autores, cumpliendo con las directrices y política de la revista.
Asimismo, los manuscritos deben tener una pertinencia académico-investigativa, que genere aportes e impacto en el contexto y los diferentes campos del saber, garantizando la originalidad y la rigurosidad del proceso investigativo contenido en los soportes de análisis presentados en el documento. No se considerará original un trabajo que sea traducido de otro idioma.
Evaluación del manuscrito
El manuscrito será evaluado teniendo en cuenta los aspectos siguientes:
- Título: Sintetiza o rinde cuenta del contenido central del texto.
- Resumen: Texto corto, que incluye problema, teoría, metodología e hipótesis centrales del texto. No más de 200 palabras.
- Palabras clave: Términos centrales. No más de seis palabras claves.
- Introducción del artículo: Introducción del artículo Incluye problema, elementos historiográficos, teóricos y metodológicos que introducen el cuerpo del artículo. Es distinto del resumen.
- Conocimiento del tema: Conocimiento del tema Elementos de evaluación: bibliografía utilizada, uso correcto de los elementos teóricos y conceptuales expuestos, análisis teórico y conceptual, desarrollo de propuestas, análisis o avance teórico o conceptual.
- Claridad y coherencia del discurso: Claridad y Coherencia del discurso Coherencia en el desarrollo del tema y presentación clara de resultados. Transparencia del documento para su lectura universal: explicación de términos y definiciones locales.
- Conclusiones: Hipótesis finales del texto y nuevas posibilidades de línea de trabajo. No debe apoyarse en fuentes secundarias.
- Bibliografía utilizada o Referencias: Calidad de las fuentes primarias y secundarias. Literatura en un segundo idioma.
Aspectos que se pueden ver en el Formato de Evaluación de artículos recibidos.
Condiciones de autoria, información de la investigación y consideraciones éticas del proceso de investigación
Los manuscritos que se sometan a proceso editorial en la Revista Justicia, Sociedad y Derecho, deberán vincular de manera explícita el título del proyecto de investigación; la persona natural o jurídica que patrocinó o financió el trabajo; y el código identificador (este último opcional). Por otra parte, señalar la participación o contribución de cada uno de los colaboradores, con base en las tipologías del CREDIT https://credit.niso.org/, con el fin de evitar un conflicto de intereses, dejando de lado a aquellos autores que no participaron en el proceso.
Los autores deben firmar una declaración de originalidad y carácter inédito del artículo, con la cual dan fe de que este no se ha publicado ni postulado en otro medio de difusión impreso o electrónico; a la vez, certifican que las ideas de otros autores expuestas en el escrito se encuentran debidamente citadas.
Normas para los árbitros evaluadores
Los árbitros evaluadores que colaboran en la Revista Justicia, Sociedad y Derecho son investigadores reconocidos por su trayectoria académico-investigativa, asignados por el Comité Editorial de la revista de acuerdo a su especialidad; estos se comprometen a mantener la confidencialidad de la información que se les suministra y su función será exclusivamente evaluativa. No se les autoriza ni el uso ni la difusión de los artículos sin publicar, éstos solo se podrán citar cuando estén publicados. Al divulgar o publicar esta información, parcial o totalmente, incurrirán en una práctica inadecuada y no autorizada, exponiéndose a la consiguiente sanción.
Los árbitros se comprometen a evaluar el artículo en los tiempos establecidos por el Comité Editorial, asimismo, a informar la disponibilidad de su agenda para cumplir con el proceso evaluativo, atendiendo los parámetros de rigor que se encuentran en el formato de la revista.
Los evaluadores asumen la responsabilidad de presentar un concepto objetivo, claro, riguroso y respetuoso, con el debido soporte físico. Deberán comunicarle al Comité Editorial, por escrito, cualquier tipo de anomalía o posible plagio detectado en el documento a evaluar; igualmente, notificarán si tienen algún impedimento para realizar la evaluación del artículo, ya sea por la no pertinencia en el área del conocimiento o por un conflicto de intereses.
Normas para el comité
El Comité Editorial y Científico es el responsable de asegurar y velar por la calidad académica y editorial, decidir en las situaciones de conceptos divididos, y evaluar la pertinencia de los artículos. De igual forma, debe propender por el cumplimiento de los criterios de originalidad y consideraciones éticas de la investigación, además, gestionar la edición y publicación en los tiempos establecidos y garantizar la imparcialidad en la evaluación de los manuscritos propuestos para su publicación, conservando la confidencialidad de su contenido hasta su aprobación o rechazo.
El Comité de la revista tomará decisiones en los conflictos éticos que se presenten, apoyándose siempre en las directrices del COPE.
Normas para el editor
El editor, es la persona responsable de la transparencia y calidad editorial de los artículos; verifica el cumplimiento de las normas y políticas de la Revista Justicia, Sociedad y Derecho, por parte de cada uno de los involucrados en el proceso editorial.
Plagio
En caso de que durante el proceso editorial de un artículo se presente omisión de datos, falsificación o plagio, este será retirado del banco de datos de la Revista Justicia, Sociedad y Derecho de la Universidad de Boyacá y se devolverá al autor, explicándole los motivos de su devolución y la respectiva sanción, con copia a la entidad correspondiente para que inicie el proceso legal a que haya lugar.
Para prevenir el plagio o la duplicidad, los artículos radicados a la Revista serán revisados internamente mediante el software anti plagio Turnitin.
Conflicto de intereses
En caso de presentarse un conflicto de intereses entre autores, editores o árbitros lectores, por la existencia de alguna relación explícita ya sea comercial, institucional, personal, académica o financiera que pueda incidir en la evaluación y/o publicación, los involucrados deben informar, antes de iniciar cualquier proceso, al Comité Editorial y Científico, el cual tomará las respectivas decisiones para solucionar el impase.
El Comité no iniciará ningún proceso editorial con los artículos que presenten conflictos de intereses mientras que el percance se mantenga; si no se llega a un acuerdo el artículo será retirado del proceso editorial.
Sanciones
Toda conducta inapropiada por parte de los involucrados en el proceso editorial de la revista, les acarreará sanciones que atenderán a los criterios estipulados en la Política Editorial de Ediciones Universidad de Boyacá. Según los siguientes criterios del COPE:
- Una carta de aclaración dirigida a los autores, cuando realmente parezca haber un malentendido de principios.
- Una carta de amonestación y advertencia para conductas futuras.
- Una carta formal al rector(a) de la institución, informando el hecho para establecer el tipo de sanción.
- No recibir documentos futuros del autor(es).
Sin perjuicio de las demás acciones disciplinarias y legales a las que haya lugar.
Directrices para autores
Remisión del manuscrito:
Los manuscritos que se sometan al proceso editorial, deberán ser remitidos por el Sistema de administración y publicación de revistas OJS de la Revista Justicia, Sociedad y Derecho, atendiendo a las recomendaciones señaladas. El manuscrito deberá enviarse en formato Microsoft Word®, adjuntando además, de manera obligatoria, formato de declaración de originalidad, garantías y cesión de derechos patrimoniales, firmado por todos los autores en constancia de que conocen y están de acuerdo con su contenido y que no ha sido publicado anteriormente en formato impreso o electrónico, que no se presentarán a ningún otro medio antes de conocer la decisión de la Revista y que de ser aceptado para su publicación los autores transfieren los derechos de copia en todas las formas y medios conocidos, a la Universidad de Boyacá. De igual manera, deberán adjuntar formato de presentación y normalización de autores a la Revista. Estos documentos deberán ser escaneados y adjuntados en formato PDF. El envío de estos documentos es necesario para dar inicio y continuidad al proceso editorial de la Revista.
Finalizado el proceso editorial, el artículo será cargado de forma provisional en el sistema OJS de la revista. En el caso de ser autores Colombianos es indispensable que el artículo se encuentre registrado en el CvLAC.
En caso de no ser publicado el artículo, la Universidad de Boyacá accede a retornar los derechos enunciados a sus autores. Los conceptos de los trabajos son de total responsabilidad de los autores, ni la Revista Justicia, Sociedad y Derecho, ni la Universidad de Boyacá se responsabilizan por tales conceptos emitidos.
Cuando se utilizan tablas o figuras que no sean originales, los autores tienen la responsabilidad de obtener los permisos necesarios para reproducir cualquier material protegido por derechos de reproducción y adjuntar una carta original que otorgue ese permiso e incluir en el texto del manuscrito la fuente de donde se toma.
El manuscrito a someter deberá ser enviado mediante el OJS disponible en:
https://revistasdigitales.uniboyaca.edu.co/index.php/Justicia/about/submissions
Si usted no dispone de una cuenta en la revista puede registrarse gratuitamente haciendo clic en:
https://revistasdigitales.uniboyaca.edu.co/index.php/Justicia/user/register
Presentación de los manuscritos a la revista
La revista Justicia, Sociedad y Derecho acepta para su publicación, artículos originales e inéditos, en español e inglés. A partir de 2022, la Revista JS&D, recibe contribuciones en portugués, todo esto atendiendo a los lineamientos de MINCIENCIAS para las publicaciones científicas indexadas:
a) Artículo de investigación: documento que presenta los resultados originales de proyectos culminados de investigación, de manera detallada, con una extensión máxima de 20 páginas.
b) Artículo de revisión: documento producto de una investigación finalizada, en el que se analizan, sistematizan e incorporan resultados de otras investigaciones, publicadas o no, sobre una de las áreas de las ciencias jurídicas y políticas, con el fin de presentar los avances y tendencias de desarrollo, con una revisión bibliográfica de al menos 50 referencias y una extensión máxima de 20 páginas.
c) Artículo de revisión de tema:documento pormenorizado, selectivo y crítico que integra la información esencial en una perspectiva unitaria y de conjunto. Es un tipo de artículo que sin ser original recopila la información más relevante de un tema específico.
La selección y publicación de los artículos dependerá de la calidad, el rigor y el respeto por las normas implícitas a todos los trabajos académicos, no dependerá de la concepción teórica, la metodología o el punto de vista que se exprese en el texto.
El nombre de los autores/as o las referencias sobre estos deben eliminarse del manuscrito enviado. Los datos deben enviarse en un documento separado, incluyendo la siguiente información:
- Nombre completo de los autores/as.
- Número de identificación.
- Perfil académico e investigativo: títulos académicos, país de origen de la institución, últimas publicaciones, grupo de investigación al que pertenece.
- Filiación Institucional y cargo.
- Correo electrónico.
- Perfil de Google Scholar.
- Origen y financiación del artículo.
- Conflicto de intereses: manifestar si presenta o no conflicto de interés sobre el artículo sometido.
- Manifestar claramente si están de acuerdo con la política editorial de la publicación
- Aclarar que el artículo no está en proceso de evaluación en otra revista u órgano editorial.
Contenido de los artículos
Los artículos deben presentarse a espacio de 1.5 puntos, en fuente Times New Roman, tamaño 12 puntos, márgenes de 2.5 cm, incorporando los siguientes aspectos:
La primera página del documento deberá contener: Título del artículo, el cual no debe exceder de 12 palabras, se recomienda evitar el uso de siglas, símbolos y abreviaturas. Debe adjuntarse un resumen que incluya problema, pregunta, objetivos de investigación, metodología empleada, aportes, y principales resultados. La extensión será de máximo 200 palabras. El resumen debe ir acompañado de máximo seis (6) palabras claves o selecciones léxicas que semánticamente recojan los temas o asuntos relevantes del artículo y de preferencia obtenidas del tesauro de la Unesco (http://databases.unesco.org/thessp/). Tanto el resumen como las palabras clave deben ir en español e inglés.
De la segunda página en adelante debe aparecer la introducción, el cuerpo del trabajo en el que debe incluirse una presentación de la metodología que se empleó, los resultados y su discusión, las conclusiones y por último las referencias bibliográficas. Entre los párrafos debe dejarse una interlinea en blanco, así como entre las diferentes secciones del artículo; los títulos y subtítulos se registrarán con números arábigos, para la inclusión de términos en lenguas extranjeras se emplearán cursivas.
En cualquier caso, el documento no debe superar el límite máximo establecido de acuerdo con el tipo de artículo. Las notas de pie de página deben aparecer en números arábigos, las cuales se emplearán únicamente para aclarar, explicar o ampliar conceptos o datos que el autor considere que debe presentarse por fuera del texto.
Las citas directas e indirectas se ajustarán de acuerdo con las normas internacionales de referencias de la American Psychological Association (APA). Toda palabra o frase que se escriba en idioma diferente al español deberá hacerse en cursiva, excepto los nombres propios, este tipo de letra se empleará también para destacar o enfatizar una palabra o frase.
Las gráficas y cuadros deben aparecer referenciados y explicados en el texto, se requiere que se titulen y enumeren secuencialmente, acompañados de su correspondiente pie de página y fuente, se solicita que se incluyan después del párrafo en el que se anuncian, el autor debe entregar a la revista el permiso para la publicación de las figuras que cuenten con derechos reservados de autor.
Referencias bibliográficas
Todo manuscrito que se someta al proceso editorial de la Revista requiere que el 30% de las referencias sean ser artículos de investigación de los últimos cinco años que se encuentren en índices regionales, siguientes:
- Scielo citation index;
- Redalyc; e
- Índices compuestos (WOS y Scopus).
Las referencias deben presentarse en orden alfabético de acuerdo con las normas APA, se presentan a doble espacio y cada entrada debe tener una sangría francesa. En caso de haber consultado más de un trabajo del mismo autor, éstas se ordenarán según la fecha de publicación iniciando por la más antigua; si las referencias incluyen obras de varios autores en las que el primer y segundo autor son los mismos pero el tercero es diferente, éstas se organizan alfabéticamente se acuerdo al nombre del tercer autor.
En los casos de referencias del mismo autor y misma fecha de publicación, se organizan en orden alfabético de acuerdo al título de la obra. Las referencias de autores con el mismo apellido se ordenan alfabéticamente según su primera inicial; en los casos de referencias sin autor o de autor corporativo, se ubican en el espacio que les corresponde de acuerdo a la organización alfabética, teniendo en cuenta la primera letra del nombre de la corporación el cual debe escribirse completo.
Cuando el documento referenciado tenga dos autores, se incluirá el coautor precedido de la conjunción “y”, cuando sean más de dos autores, se incluirán todos separados por una coma (,) hasta llegar al último que será vinculado con la conjunción “y”.
Si el autor del documento es corporativo se presentará el nombre completo, sin iniciales; los textos sin autor o sin editor se referenciarán poniendo “(s a)” o “(s e)” en el espacio en el que se presentaría el autor o editor.
En estos listados no se incluyen comunicaciones personales como correspondencia física o electrónica al no ser información localizable.
La estructura de acuerdo a cada tipo de fuente bibliográfica es:
a) Publicaciones periódicas:
Apellidos del autor, Iniciales del Nombre del Autor. (Año de publicación). Título del artículo. Título de la publicación o revista, Volumen, Número, Páginas.
b) Publicaciones no periódicas:
Apellidos del autor, Iniciales del Nombre del Autor. (Año de publicación). Título del documento. Ciudad de Publicación: Institución Editorial.
c) Parte de una publicación no periódica:
Apellidos del autor, Iniciales del Nombre del Autor. (Año de publicación). Título del capítulo. En Editor, Título del documento (páginas XX-XX). Ciudad de publicación: Editorial.
d) Publicación electrónica periódica:
Apellidos del autor, Iniciales del autor. (Año de la publicación). Título del artículo.
Título de la publicación periódica, Volumen, Número, Páginas. Recuperado día, mes y año, de la fuente http:…
e) Documento electrónico:
Apellidos del autor, Iniciales del Nombre del Autor. (Año de publicación). Título del trabajo. Recuperado día, mes y año, de la fuente http:…
f) Documento en la red en el que no se puede identificar autor, ni fecha:
Título. (s.f.). Recuperado el día de mes de año, de URL.
g) Tesis no publicada:
Apellido del autor, Iniciales de los nombres del autor. (año de presentación).
Título. Tesis de grado obtenido no publicada. Universidad, Ciudad, País.
Si la tesis se encuentra en versión electrónica se agrega la información de recuperación a continuación del país, así:
Apellido del autor, Iniciales de los nombres del autor. (año de presentación).
Título. Tesis de grado obtenido no publicada. Universidad, Ciudad, País. Recuperado el día del mes del año, de URL.
h) Constitución Política, códigos y estatutos:
Nombre del documento. Aparte del documento referenciado.
Ejemplo:
Constitución Política de Colombia de 1991. Título VII, Capítulo 2, Artículo 200, Numeral 3.
i) Leyes nacionales:
Entidad emisora. (Fecha de emisión). Nombre del documento, clase, número, año. Diario oficial.
Ejemplo:
Comisión Nacional de Televisión. (2009, 1 de octubre). Acuerdo 5 de 2009. Por el cual se modifica el artículo 14 del acuerdo 10 de 2006. En: Diario Oficial No. 47490 (2009, 2 de octubre).
j) Jurisprudencia nacional:
Entidad. (Fecha de emisión). Nombre, clase, número, año del documento.
Ponente. Número de radicación.
Ejemplo:
Corte Suprema de Justicia de la República de Colombia, Sala de Casación Penal. (2009, 19 de agosto). Concepto 30451 de 2009. Magistrado Ponente: Dr. Yesid Ramírez Bastidas. Radicación No. 30451.
k) Laudos arbitrales:
Entidad. (Fecha de emisión). Laudo en derecho. Árbitros. Demandante y
Demandado.
Ejemplo:
Cámara de Comercio de Bogotá. (2010, 12 de febrero). Laudo en Derecho.
Árbitros: Jorge Cubides, Susana Montes y Juan Pablo Cárdenas. Demandante: Mansarovar Energy Colombia Ltda. Demandado: Ecopetrol S.A.
l) Declaraciones, convenios, convenciones internacionales y otras resoluciones emanadas por organismos internacionales:
Organismo Internacional. (Fecha del documento). Nombre del documento, con indicación de número y año cuando sea parte de su identificación. Número de la resolución.
m) Acuerdos y tratados bilaterales:
Nombre y temática del acuerdo, países que lo suscriben. (Fecha de suscripción).
n) Fallos de organismos internacionales:
Entidad emisora. Nombre del caso. Partes del caso. Nombre del documento, tipo de decisión, fecha (cuestión sobre la que decide). Serie y número cuando sea parte de la identificación del fallo.
ñ) Opiniones consultivas de organismos internacionales:
Entidad emisora. Nombre del caso. Opinión consultiva y fecha. Serie y número cuando sea parte de la identificación del concepto.
Citas
De acuerdo con las normas APA, para la presentación de las citas de referencia es necesario escribir dentro del texto el apellido del autor y el año de publicación, de manera que el autor entienda que la idea o la información que se está presentando ha sido extraída de otra fuente, la función de las citas es permitirle al lector la ubicación de las fuentes de información para que pueden ser verificadas.
Citas normativas
Constitución:
Citación parentética: Ej. (Const. P., art. 23, 1991).
Citación narrativa: Ej. según la Constitución política (1991), en su artículo 23...
Decretos
Citación parentética: Ej. (Dec. 1029, art. 1, 1994).
Citación narrativa: Ej. El Decreto 1029 (1994), define en su artículo 1,
Sentencias
Consejo de Estado.
Citación parentética: (CE, Sala Contenciosa Administrativa, No 25000-23-26-000-1995-11369-01(27771),2014).
Citación narrativa: Según la sentencia No 25000-23-26-000-1995-11369-01(27771), emitida por la Sala Contenciosa Administrativa del Consejo de Estado (2014),
Corte Constitucional
Citación parentética: Ej. (CC, T-423/19, 2019).
Citación narrativa: Ej. Según lo indica la sentencia T-423/19 emitida por la Corte
Constitucional (2019),
Corte Suprema de Justicia
Citación parentética: (CSJ Sala Plena, SU-075/18, 2018).
Citación narrativa: Como lo afirma la sentencia SU-075/18 emitida por la Sala
Plena de la Corte Suprema de Justicia (2018),